Nadie en su sano juicio quiere pagar impuestos, pero es una situación irreversible y casi imposible de evitar, a menos que quieras verle la cara a la justicia, una situación que solo te deja una opción saludable y es la de pagarlos y cumplir con las obligaciones legales. Pero hay situaciones como cuando se utiliza el dinero de la diferencia entre el coste original del inmueble y el precio de venta con intención de comprar otra vivienda y ahorrarte el impuesto IRPF.
Existen escenarios de legalidad donde no se pagan impuestos y estos están plenamente establecidos en la Ley Tributaria de España, donde se mencionan los específicos casos de exención a la hora del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al momento de concretar la venta de una vivienda. Todo ello cumpliendo con ciertos requisitos para que esta exención del impuesto pueda hacerse efectiva y válida.
El impuesto IRPF cuando se trata de una vivienda habitual
En estos casos, el organismo público indica que las viviendas deben ser habituales, más allá del uso del dinero de la venta para la adquisición de una nueva vivienda, y esta característica tiene que ser para ambas viviendas, tanto para la compra como para la vendida. Para la Agencia Tributaria se trata de las viviendas que al menos tienen un plazo de 3 años ininterrumpidos siendo habitadas por sus dueños.
Además de estos plazos, el contribuyente debe habitar el nuevo hogar durante al menos 12 meses para ser considerado como tal, comenzando este plazo desde el mismo instante de la fecha de adquisición de la vivienda. Es decir, se debe establecer un vínculo real entre la vivienda y el propietario, donde el uso de la misma es fundamental para lograr optar a esta exención del impuesto.
Ahórrate el impuesto IRPF con plazos de al menos 2 años
Otro requisito fundamental para evitar tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF es que las ganancias resultantes de la venta de la vivienda deben de ser reinvertidas en un plazo máximo de un par de años, los cuales se comenzaran a contar desde el día de efectuada la venta de la propiedad.
Es muy común que se adquiera una nueva vivienda antes de conseguir la venta de la antigua, por lo que la ley establece en este escenario que «No supone invertir en la nueva vivienda el dinero obtenido específica y directamente en la transmisión de la antigua vivienda». Y si se han utilizado recursos propios, es posible obtener la exención al momento de vender la antigua, siempre que se respete el lapso de los 2 años.
Cuando existe una hipoteca pendiente
Cuando existe una hipoteca pendiente sobre el inmueble que se quiere vender y esta venta incluya parte de una hipoteca sin amortizar, se deberá considerar el importe total obtenido resultante de minorar el valor de transmisión del préstamo principal que aún se mantenga pendiente por pagar, al momento de que la operación se efectúe.
En caso contrario, y cuando el monto de la venta de la vivienda anterior supera el necesario para la compra de la nueva casa, entonces estos ingresos catalogados como excedentes deberán ser tributados ante el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF, pues ahora pasaran a ser considerados como ganancias patrimoniales.
Tener una edad que supere los 65 años
Otra manera de lograr una exención en el pago del IRPF es cuando eres mayor de 65 años de edad o cuando la persona se considera que está inmersa en una situación de extrema dependencia, según lo establecido en la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia actual. Esta opción es válida para los casos de venta de vivienda a cambio de dinero o a cambio de una renta (esta puede ser temporal o vitalicia).