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El TSJ obliga a devolver al SEPE 8.000€ por un alta falsa

Un trabajador cobró el paro con una empresa ficticia, según la Inspección de Trabajo.

Mansion Ideas
30/04/2026 12:03
Actualidad
Devolver paro al SEPE: Condena por alta en empresa ficticia

Devolver paro al SEPE: Condena por alta en empresa ficticia

El TSJ de la Comunidad Valenciana ratifica la sanción

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia firme que obliga a un trabajador a reintegrar un total de 8.037,20 euros al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta cantidad corresponde a prestaciones y subsidios por desempleo que el individuo percibió de manera indebida, tras darse de alta en una empresa que resultó ser un entramado sin actividad económica real. La decisión judicial, recogida en la sentencia 1844/2018, respalda plenamente la actuación del SEPE, que extinguió la ayuda y reclamó la devolución íntegra del dinero.

El origen del caso se remonta a 2010, cuando el trabajador logró acreditar 181 días cotizados gracias a un contrato simulado. Esta cotización le abrió la puerta para solicitar una prestación por desempleo de 180 días. Posteriormente, accedió a un subsidio por desempleo que se fue prorrogando y reanudando en diferentes periodos hasta el año 2012. Sin embargo, la justicia ha determinado que todas estas ayudas derivan de un único acto fraudulento inicial, lo que justifica la reclamación total de las sumas abonadas.

Una empresa fantasma para defraudar al sistema

La investigación llevada a cabo por la Inspección de Trabajo fue clave para destapar el fraude. Los inspectores concluyeron que la compañía para la que supuestamente trabajaba el beneficiario era una «empresa instrumental». Su único propósito era simular relaciones laborales con el fin de que sus supuestos empleados pudieran acceder de forma ilícita a las prestaciones públicas gestionadas por el SEPE. Este tipo de estructuras se crean para generar derechos de cotización ficticios que no se corresponden con ningún trabajo efectivo.

Durante las pesquisas, se constató que la sociedad mercantil era completamente opaca e ilocalizable. No pudo ser hallada en ninguno de los domicilios fiscales o sociales que había declarado. Además, carecía de cualquier rastro de actividad económica verificable: no presentaba facturación ante la Agencia Tributaria ni realizaba los pagos correspondientes de cuotas a la Seguridad Social. La estructura era tan precaria que ni siquiera fue posible identificar a sus administradores o representantes legales.

Testimonios vagos y sin sede física

El testimonio de otros supuestos trabajadores vinculados a la empresa no hizo más que confirmar las sospechas. Al ser interrogados, ofrecieron respuestas «imprecisas y vagas» sobre su labor. Ninguno supo concretar la ubicación de la sede de la empresa, describir la organización interna o nombrar a otros compañeros. De hecho, algunos de los entrevistados llegaron a afirmar que la actividad se gestionaba de manera informal en bares, evidenciando la ausencia de una ubicación fija y de una actividad económica real y contrastable.

Infracción muy grave y devolución total

A la luz de las pruebas recabadas por la Inspección, el SEPE calificó los hechos como una «infracción muy grave». En consecuencia, procedió no solo a extinguir el subsidio que el trabajador estaba percibiendo, sino que lo hizo con efectos retroactivos desde el inicio del fraude en agosto de 2010. Esta medida implica la obligación de devolver cada euro percibido durante los años en que se benefició de la ayuda, sumando los 8.037,20 euros mencionados. El Tribunal Superior de Justicia ha avalado esta interpretación, considerando que la naturaleza fraudulenta del alta laboral inicial contamina todas las prestaciones y prórrogas posteriores.

¿Qué es una infracción muy grave para el SEPE?

Una infracción muy grave para el SEPE es una acción que supone un fraude significativo contra el sistema de protección por desempleo. Incluye, entre otras, actuar fraudulentamente para obtener prestaciones indebidas o para eludir el cumplimiento de obligaciones, así como la simulación de una relación laboral para generar derecho a dichas prestaciones. Las sanciones pueden incluir la pérdida de la prestación y la exclusión del derecho a percibir cualquier ayuda por un año, además de la obligación de devolver lo cobrado.

¿Qué ocurre si recibo un cobro indebido del SEPE?

Si el SEPE detecta un cobro indebido, iniciará un procedimiento para reclamar la cantidad abonada de más. El organismo notificará al ciudadano la resolución, indicando el importe a devolver y el plazo para hacerlo, que suele ser de 30 días voluntarios. Si no se devuelve en ese plazo, se emitirá una certificación de descubierto para que la Agencia Tributaria proceda a su recaudación por la vía de apremio, con un recargo del 20% sobre la deuda.

¿Cómo detecta el SEPE los fraudes en las prestaciones?

El SEPE detecta fraudes a través de varios mecanismos. Principalmente, mediante el cruce de datos con otras administraciones públicas como la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y las comunidades autónomas. También son fundamentales las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que investiga denuncias o indicios de irregularidades, como en el caso de las empresas ficticias.

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