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Jubilación anticipada con discapacidad del 45 %: esto es lo que debes saber

Los trabajadores con discapacidad reconocida podrán retirarse antes sin penalización si cumplen los nuevos requisitos del SEPE y la Seguridad Social

Norberto
15/10/2025 17:00
Actualidad
Jubilación anticipada por discapacidad

Jubilación anticipada por discapacidad

La jubilación anticipada por discapacidad del 45% permite a muchas personas retirarse antes de la edad ordinaria sin sufrir recortes en la pensión. En España, quienes acrediten este grado de discapacidad pueden acceder a la jubilación desde los 56 años, siempre que cumplan ciertos requisitos de cotización y reconocimiento médico.

Es una medida que busca compensar las dificultades de acceso al empleo y los efectos de las patologías a largo plazo. La Seguridad Social la considera una vía prioritaria para mejorar la protección de trabajadores con enfermedades crónicas o degenerativas.

Jubilación anticipada por discapacidad ≥ 45 %

El requisito clave es haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, de los cuales cinco deben haberse realizado con el grado de discapacidad reconocido. Antes de la reforma de 2023, era obligatorio acreditar los 15 años completos bajo esa condición, pero el cambio normativo redujo esa exigencia para facilitar el acceso.

La medida afecta sobre todo a personas que, pese a tener una vida laboral activa, no pudieron cotizar de forma continua debido a su estado de salud. En la práctica, permite adelantar la jubilación ordinaria unos seis años, sin sufrir penalizaciones en la cuantía de la pensión.

En el caso de una discapacidad igual o superior al 65 %, la jubilación puede solicitarse incluso a partir de los 52 años, también sin coeficientes reductores ni descuentos en la prestación mensual.

Requisitos imprescindibles

  • Grado de discapacidad: igual o superior al 45 %, reconocido oficialmente por el IMSERSO o el órgano competente de cada comunidad autónoma.
  • Cotización mínima: al menos 15 años a la Seguridad Social, con cinco coincidentes con la discapacidad reconocida.
  • Listado oficial: la enfermedad debe estar incluida en el catálogo de patologías aprobado por la Seguridad Social.
  • Situación laboral: encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en el momento de la solicitud.
  • Certificación médica: el informe que acredita la discapacidad debe detallar la fecha de inicio de la enfermedad, ya que este dato es clave para calcular el acceso anticipado.

El proceso se tramita como una jubilación contributiva ordinaria, pero con el formulario y documentación específicos que demuestren la discapacidad y los años de cotización acreditados.

Cambios en el listado de enfermedades para solicitar la jubilación anticipada por discapacidad

Desde el 1 de junio de 2025, la orden ISM/444/2025 entró en vigor con una novedad importante: el listado de enfermedades deja de ser cerrado. A partir de ahora, asociaciones y fundaciones pueden solicitar la inclusión de nuevas patologías que cumplan los criterios técnicos establecidos por la Seguridad Social.

Esto abre la puerta a que enfermedades como fibromialgia, artritis reumatoide, lupus, Parkinson o espina bífida, entre otras, puedan reconocerse dentro del grupo de dolencias que permiten jubilarse antes de los 56 años.

Hasta ahora, solo unas 20 patologías daban derecho a la jubilación anticipada por discapacidad, pero se espera que el número aumente en los próximos meses tras las propuestas presentadas por entidades del ámbito sanitario y social.

Ventajas y contexto legal para la jubilación anticipada por discapacidad

La principal ventaja es que no hay penalización económica por jubilarse antes. Esto significa que la pensión se calcula con las mismas reglas que la jubilación ordinaria, sin aplicar reducciones por anticipación.  También se mantienen los complementos por mínimos y las revalorizaciones anuales que fija el Gobierno.

Esta modalidad se enmarca dentro del proceso de modernización del sistema de pensiones impulsado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el objetivo de hacer más justo el acceso para personas con trayectorias laborales irregulares o afectadas por limitaciones físicas permanentes.

La reforma, además, busca equiparar derechos entre trabajadores con discapacidad y otros colectivos con dificultades laborales, ampliando el margen de reconocimiento médico y los mecanismos de revisión periódica.

Etiquetas: jubilacion

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