La jubilación y la pensión vuelven a cruzarse en 2026 con una regla clara que conviene no pasar por alto. Compatibilizar pensión de viudedad con jubilación es posible, sí, pero con un límite económico que ya está fijado y que afecta a miles de personas que suman ingresos del sistema.
La clave está en el tope. Desde enero de 2026, la suma de pensiones no puede superar los 3.359,60 € al mes, lo que equivale a 47.034,40 € al año. A partir de ahí, cualquier exceso tiene consecuencias directas sobre la segunda prestación que se reconozca.
Jubilación y pensión de viudedad en 2026
La pensión de viudedad es compatible con rentas del trabajo y con otras prestaciones que sustituyen ese salario. Entre ellas, la pensión contributiva de jubilación y la de incapacidad permanente. Esta compatibilidad no exige autorización especial, pero sí respetar el máximo del sistema. En la práctica, la viudedad no puede superar nunca el importe máximo de la pensión contributiva vigente. En 2026 ese techo queda fijado en 3.359,60 € mensuales en 14 pagas.
Llegar a ese máximo solo con viudedad es poco habitual. El cálculo general se hace aplicando el 52% sobre la base reguladora del fallecido, y aun con porcentajes mejorados, alcanzar el tope no es lo normal.
Trabajo, ingresos y cobro simultáneo
Una persona que cumple los requisitos de viudedad puede trabajar y seguir cobrando la pensión. El salario, sea alto o bajo, no impide el cobro. Lo que no cambia es el límite máximo de pensión reconocido por ley.
Incluso en los supuestos del 70% de base reguladora con cargas familiares, la pensión sigue sin poder rebasar el máximo anual establecido. Lo mismo ocurre con el porcentaje del 60% para mayores de 65 años que cumplen condiciones específicas.
Cuando ya cobras viudedad y llega la jubilación
Quien percibe una pensión de viudedad y alcanza la edad legal de jubilación puede solicitar su pensión contributiva si ha cotizado al menos 15 años, con dos dentro de los últimos 15 previos al hecho causante.
No es necesario pedir un reconocimiento especial de compatibilidad. Basta con solicitar la jubilación ante el INSS y, una vez concedida, ambas prestaciones se cobran a la vez, siempre dentro del tope. En caso de no haber solicitado la jubilación, no se reconoce de oficio, y eso puede retrasar meses el cobro correcto.
Jubilado primero, viudo después: también es posible
El escenario inverso también existe. Una persona ya jubilada que enviuda puede generar derecho a pensión de viudedad si cumple los requisitos exigidos. Se puede acceder primero a la jubilación y después a la viudedad, o al revés. En ambos casos, el sistema permite el cobro conjunto, pero vuelve a aparecer el mismo límite máximo anual.
El límite cuando se suman ambas pensiones
Este es el punto que más dudas genera. La suma de la pensión de jubilación y la de viudedad no puede superar los 3.359,60 € mensuales en 2026.
Cuando se rebasa ese importe, el ajuste se hace sobre la segunda pensión reconocida. En la práctica funciona así:
- Si la segunda pensión provoca que se supere el máximo, se reduce hasta que la suma encaje en el límite.
- Si con la primera ya se supera el tope, no nace el derecho a la segunda.
Existe una particularidad en los casos de jubilación del Régimen Especial de la Minería del Carbón, donde la viudedad tiene límites específicos para ser compatible.
Otras compatibilidades y exclusiones que conviene saber
La pensión de viudedad también puede convivir con prestaciones que sustituyen rentas de trabajo, como el desempleo o la incapacidad temporal. También encaja con las prestaciones por nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo o lactancia. Con el SOVI hay compatibilidad, pero con un techo adicional: el total no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años. Si se rebasa, se ajusta el SOVI.
Lo que no admite combinación, en general, son las prestaciones asistenciales y las pensiones no contributivas. Tampoco es posible cobrar dos pensiones de viudedad de distintos causantes: hay que elegir una. En 2026, jubilación y pensión siguen siendo compatibles, pero no ilimitadas. Entender ese límite antes de pedir la segunda prestación evita sustos posteriores y ajustes que llegan cuando menos se esperan.



