La jubilación por incapacidad permanente entra en una fase de cambios importantes. El Gobierno ha confirmado ajustes en esta prestación, que protege a quienes no pueden continuar trabajando por enfermedad o accidente. Las cuantías pueden llegar a 3.059€ al mes, pero las revisiones y controles serán más estrictos para asegurar que solo se mantenga cuando realmente corresponde.
Este movimiento también reabre el debate sobre compatibilidades, topes y documentación. Muchas personas no saben que, en ciertos casos, la pensión puede convivir con indemnizaciones privadas u otros ingresos. Entender bien los requisitos marcará la diferencia entre mantener la ayuda o arriesgarse a perderla.
Pensión de incapacidad permanente: lo esencial del cambio
La pensión de incapacidad permanente actúa como una forma de jubilación anticipada cuando la persona no está en condiciones de seguir en su puesto. La cantidad final depende del grado de incapacidad y de la base reguladora. Lo que sí se mantiene es la obligación de someterse a las revisiones que la Seguridad Social considere necesarias. Si en una revisión se observa mejoría clara, la pensión puede reducirse o retirarse.
Y cuando el beneficiario alcanza la edad legal de retiro, la prestación pasa automáticamente a ser pensión de jubilación, manteniendo las condiciones adaptadas a ese nuevo escenario.
Requisitos para acceder a la prestación de pensión de incapacidad
Para solicitar la incapacidad permanente, la persona debe estar en alta o situación equivalente en la Seguridad Social. Los años cotizados exigidos dependen de la edad en la que ocurre la incapacidad. En menores de 31 años, se exige haber cotizado la mitad del tiempo transcurrido entre los 16 años y el momento de la incapacidad. En mayores de 31 años, se requiere haber cotizado al menos un cuarto del tiempo entre los 20 años y la fecha de la incapacidad, siempre con un mínimo de cinco años cotizados.
Después, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) es quien determina el grado de incapacidad y el importe correspondiente, analizando informes médicos y situación laboral de forma individual.
Cómo se solicita la prestación de pensión de incapacidad
La solicitud se presenta en las oficinas del INSS o del ISM, según corresponda. Es necesario aportar el DNI o NIE, historial médico actualizado, informes que acrediten la limitación laboral y la documentación que confirme la relación con la Seguridad Social. Una vez entregado todo, el EVI estudia el caso, valora el estado real de la persona y determina si corresponde el reconocimiento de la pensión y en qué cuantía.
La prestación puede suspenderse si la persona mejora de forma significativa y se considera que puede reincorporarse al trabajo. También puede retirarse si el beneficiario desempeña tareas laborales que contradicen el grado de incapacidad reconocido, si se detectan datos falsos en la solicitud o si la persona deja de seguir los tratamientos médicos indicados. Cuando se cumple la edad de jubilación, la incapacidad se convierte automáticamente en pensión de jubilación.
Compatibilidad con indemnizaciones o seguros
La norma permite cobrar la pensión de incapacidad y, al mismo tiempo, compensaciones de seguros privados o pólizas colectivas. Esto es posible porque cada prestación tiene una finalidad distinta. La pensión cubre la pérdida de capacidad laboral, mientras que la indemnización compensa el daño o el impacto causado. Por eso no se considera un ingreso duplicado ni afecta al importe público recibido.
Si la incapacidad deriva de un accidente laboral provocado por fallos de seguridad o negligencia empresarial, la persona afectada puede reclamar indemnizaciones por daño físico, económico y moral a través de los tribunales. Esta vía es independiente y compatible con la pensión pública y con las indemnizaciones privadas. Antes de firmar cualquier acuerdo, se recomienda revisar convenios y pólizas y, si es posible, recibir asesoramiento especializado.
La pensión de incapacidad permanente puede alcanzar 3.059€ mensuales, sigue siendo compatible con indemnizaciones privadas y solo se retira si hay mejoría demostrable o actividades laborales incompatibles, pasando a convertirse en pensión de jubilación al llegar la edad correspondiente.
