El SEPE, el paro y la prestación por desempleo generan dudas justo en el peor momento: cuando te despiden y necesitas cobrar cuanto antes. Aquí va el dato clave desde el inicio: si tienes vacaciones retribuidas no disfrutadas, el SEPE no te deja pedir el paro todavía. No es un retraso administrativo ni un error del sistema. Es una regla clara que afecta a miles de personas cada mes y que suele pillar por sorpresa. Pides la prestación, el SEPE la deniega o la paraliza, y toca esperar.
El motivo es sencillo, aunque poco intuitivo. Mientras duren esas vacaciones pagadas, legalmente no estás en desempleo, aunque ya no vayas a trabajar. Y sin “situación legal de desempleo”, el paro no arranca. Por eso, en los primeros días tras un despido, el SEPE puede no ser tu aliado inmediato. Todo depende de cuántos días de vacaciones te hayan pagado en el finiquito.
SEPE y vacaciones retribuidas no disfrutadas
El SEPE considera que las vacaciones no disfrutadas que se pagan tras un despido siguen siendo tiempo trabajado a efectos legales. Durante esos días, la empresa continúa cotizando por ti a la Seguridad Social. Esto implica que, aunque el contrato haya terminado, el sistema te sigue considerando en activo durante ese periodo. No hay aún derecho a prestación contributiva por desempleo.
Hasta que no finalizan esos días, no existe situación legal de desempleo, requisito imprescindible para cobrar el paro del SEPE.
Cuándo puedes pedir el paro al SEPE
La solicitud del paro no se puede presentar cuando quieras. El momento exacto depende de una fecha concreta: el último día de tus vacaciones pagadas. A partir del día siguiente a que terminen esas vacaciones, se abre el plazo oficial para pedir la prestación. Desde ahí, cuentas con 15 días hábiles para presentar la solicitud ante el SEPE.
Si intentas hacerlo antes, lo normal es que la solicitud sea denegada o quede sin efecto. No sirve adelantar el trámite “por si acaso”.
Qué sí puedes hacer mientras tanto
Aunque no puedas pedir el paro al SEPE de inmediato, no estás bloqueado del todo. Hay un trámite que sí puedes hacer desde el primer día tras el despido. La inscripción como demandante de empleo se puede realizar incluso durante las vacaciones retribuidas no disfrutadas. Esto se gestiona a nivel autonómico, no directamente en el SEPE.
Este paso es importante porque agiliza todo cuando llegue el momento de solicitar la prestación. Aquí es donde mucha gente se equivoca. El cálculo no se hace en días laborables, sino en días naturales, incluyendo fines de semana y festivos. Solo necesitas tres datos claros: fecha de fin de contrato, número de días de vacaciones pendientes y un calendario a mano. No tiene más misterio, pero conviene hacerlo bien.
El último día del periodo de vacaciones pagadas marca el final. El día siguiente es cuando el SEPE ya te reconoce como desempleado.
Errores habituales que cuestan dinero
Presentar la solicitud fuera de plazo no implica perder el derecho al paro, pero sí tiene consecuencias. El SEPE no perdona los días que se pasan. Si te retrasas, la prestación se reconoce desde el día en que la solicitas, no desde cuando te correspondía. Eso significa menos días cobrados. Es uno de los fallos más comunes tras un despido, sobre todo cuando no se entiende bien el papel de las vacaciones retribuidas.



