Ingreso Mínimo Vital por un lado y subsidio para mayores de 52 años por otro. La duda no es nueva, pero sí urgente, porque afecta directamente a quienes intentan no perder ninguna de las dos prestaciones.
La situación es sencilla sobre el papel: el Ingreso Mínimo Vital garantiza desde 658€ al mes a un adulto solo, mientras que el subsidio para mayores de 52 años es la prestación que mantiene cotizaciones y rentas básicas hasta la jubilación. Lo que no aclara tan rápido el SEPE es si ambas pueden cobrarse juntas, y bajo qué límites.
SEPE y compatibilidad entre ayudas
La administración de prestaciones confirma que sí se pueden percibir a la vez, pero solo si se respeta el tope de ingresos personales que marca el propio SEPE: no superar el 75% del salario mínimo interprofesional, una cifra que en 2025 se sitúa en 888€ mensuales. Y aquí viene el punto que genera más errores: el Ingreso Mínimo Vital también suma dentro de ese límite.
Esto significa que no importa cuántas ayudas tengas, sino que tus ingresos totales, efectivos o presuntos, no rebasen esos 888 euros. Para los mayores de 52 años el control es individual; a diferencia de otros subsidios, no se mira la unidad familiar completa, solo la renta del solicitante.
El IMV mantiene sus cuantías en función del tamaño del hogar, desde los 658€ en un hogar unipersonal hasta los 1.448€ para núcleos de cuatro o más convivientes. Estas cifras sirven como referencia directa porque el propio IMV forma parte del cálculo de rentas para el SEPE.
Cómo calcula el SEPE la carencia de rentas
Para que la compatibilidad sea válida, el SEPE revisa primero los rendimientos efectivos: trabajos a tiempo parcial, alquileres, intereses de cuentas o productos de inversión. Todo eso se suma de manera directa mes a mes.
La duda más habitual llega con lo que se considera rendimiento presunto. Aquí entran ahorros en el banco, una segunda vivienda o bienes que no generan ingresos reales, pero que sí tienen valor económico. En estos casos se aplica el interés legal del dinero, fijado en el 3,25% en 2025. Esa cantidad se prorratea en doce meses y se integra en el total de rentas.
Si la suma final, incluyendo el Ingreso Mínimo Vital, queda por debajo de 888€, el requisito está cumplido. Pero si se supera aunque sea ligeramente, el subsidio para mayores de 52 años puede denegarse.
Hay elementos que el SEPE no mete en este cómputo, algo que mucha gente desconoce: la vivienda habitual y los planes de pensiones que no se han rescatado quedan fuera. No computan como rentas ni como rendimiento presunto.
Qué implica para quienes dependen de ambas ayudas
La compatibilidad existe, pero no es automática. Los cambios de ingresos, incluso pequeños, pueden alterar el cumplimiento del tope. Por eso, quien combine el IMV con el subsidio de mayores de 52 años necesita revisar sus cifras con frecuencia. El SEPE lo deja claro: el riesgo de superar el límite es personal, no familiar, y un descuido puede suponer la pérdida del subsidio.
A la hora de solicitarlo, es recomendable revisar movimientos bancarios, declaraciones de intereses y cualquier ingreso puntual. Muchas denegaciones vienen de omitir detalles que parecen menores, pero que el sistema sí considera.
El Ingreso Mínimo Vital sigue actuando como red de protección para hogares vulnerables y el subsidio de mayores de 52 años como puente hacia la jubilación. Cuando ambas ayudas se combinan, pueden ofrecer una estabilidad clave, siempre que los beneficiarios controlen sus ingresos y la administración aplique correctamente el cálculo de rentas.



