Suspensión de prestación de desempleo de 19 semanas por este motivo

El SEPE detiene temporalmente la prestación de desempleo cuando se inicia la baja por maternidad o paternidad

Suspensión del paro por baja de 19 semanas

Suspensión del paro por baja de 19 semanas

Cuando se está cobrando la prestación por desempleo y llega el momento de convertirse en madre o padre, la situación cambia. El SEPE contempla este escenario y establece que el paro queda suspendido si se empieza a disfrutar de la prestación por nacimiento y cuidado del menor. No se pueden cobrar las dos a la vez porque ambas son contributivas.

Esto no significa perder el paro, sino detenerlo temporalmente. Durante la baja, cuya duración actual es de hasta 19 semanas, se cobra la nueva prestación. Al finalizar ese periodo, el desempleo se reanuda justo donde se dejó, sin recortes ni reinicios.

Prestación por desempleo y baja por nacimiento

Cuando empieza la baja por maternidad o paternidad, el SEPE suspende automáticamente la prestación de desempleo. Si, por ejemplo, te quedaban 14 meses de paro, ese tiempo permanece intacto durante las 19 semanas que dura la baja. La prestación por nacimiento se cobra al 100% de la base reguladora. Esta base se calcula a partir de las cotizaciones medias de los últimos 180 días. Es decir, el importe no tiene relación directa con lo que se estuviera cobrando de paro, sino con lo cotizado previamente.

Tras terminar el periodo de cuidado del menor, el paro se vuelve a activar y se sigue cobrando como antes, sin necesidad de comenzar de cero ni realizar cálculos nuevos.

Documentación para suspender el paro

Para gestionar este cambio, lo primero es comunicar la suspensión del desempleo ante el SEPE. La persona aportará la documentación que confirme el nacimiento, adopción o acogimiento. En maternidad, normalmente se presenta el Libro de Familia, la resolución de adopción o el informe correspondiente del centro médico. En paternidad, se solicita igualmente el Libro de Familia o el documento legal que acredite la llegada del menor.

Una vez entregada esta comunicación, se recibe un justificante de suspensión. Con ese documento se acude al INSS para solicitar formalmente la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Es un trámite que conviene hacer cuanto antes para no retrasar los pagos.

Reanudación del paro tras la baja

Cuando termina la baja, la persona tiene un plazo de 15 días para reactivar la prestación por desempleo en la oficina de prestaciones. Es un paso importante porque, si no se realiza en ese tiempo, el reinicio puede demorarse. La reactivación no cambia las condiciones previas: se vuelve a cobrar lo mismo y durante el tiempo que restaba.

El paro se suspende durante la baja por nacimiento y cuidado del menor. Durante ese tiempo se cobra la prestación al 100% de la base reguladora. Al finalizar las 19 semanas, se reanuda el desempleo en las mismas condiciones en las que quedó. Solo es necesario informar primero al SEPE y, cuando acabe la baja, solicitar la reactivación dentro del plazo.