La nueva Ley de Vivienda es un hecho consumado en España y con ella se han incorporado increíbles cambios en lo concerniente al alquiler, las denominadas zonas tensionadas y muchos aspectos legales con relación a los desahucios, así como la clasificación relativa a los pequeños y grandes tenedores de viviendas. Una situación que obliga a propietarios e inquilinos a mantener una correcta actualización de toda esta importantísima información inmobiliaria.
Los alquileres han pasado a ser regulados en dependencia de si la vivienda está ubicada en una zona tensionada y si su propietario está catalogado como un pequeño o un gran tenedor. De allí que en muchos casos sea posible que el arrendador pueda disponer de aumentar la renta del alquiler en un 10 %. Un caso excepcional de esta nueva Ley de Vivienda que interesa a todos los inquilinos y a los arrendadores, debido al impacto de este porcentaje en la renta del alquiler.
El aumento del 10% en el alquiler de vivienda
Una de las denominadas medidas estrellas de la nueva Ley de Vivienda es la limitación en el aumento de los precios del alquiler para todas aquellas zonas llamadas “tensionadas”. Para ello, la nueva Ley ha creado una novedosa definición para estas áreas y además deriva las responsabilidades a las Comunidades Autónomas para que sean ellas las que gestionen y definan las marcas establecidas para determinar las zonas tensionadas.
Los topes establecidos para los alquileres son del 2% y del 3% (para este año y para el 2024 respectivamente); sin embargo, los propietarios que tengan sus bienes inmuebles dentro de estas zonas tensionadas si podrán subir la renta. Los máximos aumentos para la renovación del monto del alquiler de vivienda serán del 10% en determinados y puntuales casos que se explicaran a continuación.
Los topes y las excepciones en el alquiler de vivienda
Uno de los puntos álgidos se presenta con aquellos casos en los cuales es posible saltarse las regulaciones de las actualizaciones de las renovaciones de los contratos de alquiler, por lo que es posible aumentar hasta un 10 % sobre la renta vigente, siempre y cuando la duración del contrato de arrendamiento sea de al menos una década de extensión, así como otras opciones disponibles en la nueva Ley de Vivienda española.
También es posible hacerlo si la vivienda ha sufrido rehabilitaciones en los dos años previos, siempre y cuando estas nuevas obras cumplan con las condiciones de eficiencia energética y mejoras en la accesibilidad. Además, dentro de estas excepciones está el hecho del derecho de prórroga, para que el inquilino pueda acogerse de manera voluntaria con las mismas condiciones durante 10 años o más.
Es decir, que la Ley de Vivienda declara que la renta del alquiler será igual en las zonas tensionadas a la que haya estado vigente en los últimos cinco años para esa misma vivienda, una vez aplicada la cláusula de actualización del 2% para este año y del 3% para el 2024. Siempre hablando de montos topes, pero con la posibilidad de un acuerdo entre las partes para aumentar más allá de las regulaciones,
Ley de Vivienda y desgravamen del 70%
La actualización del alquiler con sus topes y condiciones es solo una de las aristas de la nueva Ley de Vivienda que mantiene atentos tanto a inquilinos como a arrendadores y es que los propietarios podrán desgravarse hasta un máximo de 70% en la declaración del IRPF (Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas) por concepto de alquiler de vivienda habitual para aquellos casos donde se alquile el inmueble a jóvenes con edades comprendidas éntrelos 18 y los 35 años.
Esta decisión como una acertada medida de incentivar el alquiler a los jóvenes en aquellas zonas de mercado tensionado, lo que permite un genial impulso a la posibilidad de ver crecer la oferta de arrendamientos y con ello paliar las necesidades de vivienda. Además de funcionar como un incentivo para dinamizar las operaciones relacionas con los arrendamientos de todo tipo de inmuebles y hacer despegar al sector inmobiliario de su letargo.