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Cuándo puedes ahorrarte el pago del Impuesto de la Plusvalía Municipal de vivienda

La Plusvalía Municipal de la vivienda es un tributo responsabilidad de los Ayuntamientos

La exención del impuesto de Plusvalía Municipal de la vivienda

Las operaciones financieras relacionadas con el sector vivienda están ancladas a una extensa cantidad de tributos (alquiler, donación, cesión, herencia, compra y venta), muchos de ellos son gestionados por Hacienda, mientras que otros son de exclusiva responsabilidad de las Comunidades Autónomas o de los Ayuntamientos que controlan la zona geográfica donde se encuentra ubicada la vivienda.

Estos impuestos y obligaciones fiscales tienen incidencia directa sobre los compradores o sobre los vendedores y en muchos de los casos sobre los inquilinos o sobre los arrendadores. Lo cierto es que se debe cumplir a cabalidad con estas obligaciones tributarias de la vivienda y evitar problemas en un futuro. Pero existen casos en los que hay exenciones a los tributos, como el caso de la Plusvalía Municipal y es importante conocer quién está libre de pagar este impuesto.

El impuesto de Plusvalía Municipal de la vivienda

Los impuestos representan una gran cantidad de información de amplia relevancia para los dueños de vivienda, lo que sumado a la gran posibilidad de multas, acciones legales y hasta cárcel para los que infrinjan estas leyes, convirtiendo a los tributos en una de las acciones obligatorias qué mayores dudas ofrecen. Y es que los pormenores son amplios y variados con relación a los detalles a considerar con el impuesto de Plusvalía Municipal.

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La transmisión de inmuebles entre cónyuges o la ausencia de incremento en el valor de la vivienda

El tributo de Plusvalía Municipal, también llamado Impuesto al Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo de exclusiva recaudación por parte de los ayuntamientos cuando ocurre una donación, una herencia o cuando se vende una vivienda, un piso o propiedad inmobiliaria.

El incremento del valor de la vivienda

Para el caso de los inmuebles este impuesto hace especial referencia al incremento del valor que ha logrado conseguir un terreno urbano a medida que transcurre el tiempo, de allí que cuanto más años hayan pasado mayor será el incremento y mayor el impuesto a pagar. En concreto, se trata de la diferencia positiva entre el valor de la compra y en valor de la venta. De allí que al vender una propiedad se debe conocer el precio de adquisición para conocer si existe plusvalía.

Los ayuntamientos establecerán el índice de referencia del impuesto, por lo que la cantidad a pagar será en dependencia del municipio y por consiguiente existirán variaciones. Aquí es importante el valor que el ayuntamiento le asigne a la vivienda y el valor actual de la propiedad en el mercado. Considerando de máxima importancia que las personas conozcan que este tributo solo grava a los bienes de naturaleza urbana, lo que exonera a las fincas rústicas de pagarlo.

La Plusvalía Municipal y quienes están exentos de pagar

Es posible conseguir algunos escenarios en los cuales se goza de estar exento de pagar el impuesto de la Plusvalía Municipal y en específico se trata de un cuarteto de posibles situaciones. Todas ellas amparadas por las leyes tributarias y que en definitiva buscar proteger a los propietarios que más lo necesitan, con el respectivo ahorro de este tributo.

Ausencia de incremento en el valor

Una de las posibles causales para librarse de pagar el Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es que no se presente ningún incremento en el valor del inmueble desde el momento de la adquisición. Lo que en definitiva lo convierte de forma directa en una propiedad exenta del pago del tributo de la Plusvalía Municipal.

Los bienes son libres de pagar la Plusvalía Municipal, cuando pertenecen al estado nacional

Una transmisión de inmuebles entre cónyuges

Otro posible escenario en el cual se produce la exención en el pago de este impuesto es cuando se produce la entrega de la vivienda entre las partes involucradas en un matrimonio, es decir, uno de los cónyuges entrega la parte de la vivienda al otro. Esto puede deberse a un pago de haberes en común o en su defecto a favor de los hijos, una situación que es muy común cuando se trata de sentencias judiciales.

Venta de inmuebles especiales

Cuando la vivienda o el inmueble es considerado por las autoridades como un patrimonio histórico – cultural o en su defecto cuando haya sido declarado como una propiedad de interés cultural. Pero solo cuando sus propietarios hayan sido los encargados de las necesarias reformas para la correcta y efectiva conservación de la estructura física o para lograr mejoras en el inmueble declarado patrimonio.

Transmisión entre entes estadales o benéficos

Finalmente, y como cuarta y última opción para que una propiedad se libre de pagar la Plusvalía Municipal es cuando los bienes pertenecen al estado nacional, a cualquiera de las Comunidades Autónomas, a los Municipios o a sus Entidades Locales o en su defecto son propiedad de alguna institución benéfica. Todas estas opciones logran que el impuesto de Plusvalía Municipal sea automáticamente exonerado del respectivo gravamen de este tributo.

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