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Descubre si es posible alquilar una vivienda para un tercero

La responsabilidad del alquiler de una vivienda recaerá sor el firmante del contrato de arrendamiento

Alquilar la vivienda para que otro viva en ella

Las opciones al momento de alquilar una vivienda pueden ser infinitas y deberán estar plenamente identificadas y establecidas en el contrato de arrendamiento del inmueble, ya que muchos piensan que el papel es capaz de aguantarlo todo y que, en efecto, los acuerdos entre el inquilino y el propietario permiten dar validez a cualquier tipo de cláusula. Teóricamente, es posible afirmar esta teoría, siempre y cuando no se esté infringiendo ninguna Ley.

Por regla general, siempre se firma el contrato de alquiler de la vivienda entre el propietario y el inquilino, dejando muy claras las diferentes condiciones y obligaciones respecto al inmueble y estableciendo un criterio unificado para el monto del alquiler, la duración, el mantenimiento y los gastos del piso. Pero ¿Qué tal si no se habitará la vivienda?, lo que obliga a verificar la posibilidad de ¿alquilar un inmueble y que sea habitado por otra persona a mi nombre?.

Alquilar una vivienda para ser habitada por otra persona

Muchas circunstancias reales pueden desencadenar la extraña pregunta referente a la posibilidad de alquilar una vivienda y que sea otra persona la que la habite. Dentro de estas posibles causas se puede nombrar un cambio inesperado de planes que requiera de un nuevo destino o que un familiar necesite un hogar, esto genera cierta habitualidad con relación a estos casos y por ende la mejor recomendación es la de conocer la manera correcta de alquilar legalmente una vivienda.

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El responsable de todo lo que suceda al inmueble es quien firmo el contrato de alquiler

Alquilar una vivienda implica adherirse a las normativas de la Ley de Arrendamientos Urbanos, por lo que primeramente se deberá estar muy claro de que se debe firmar un contrato de alquiler que involucrará al propietario y al inquilino. Con las respectivas cláusulas y las normas que regirán la relación de arrendamiento del inmueble y a la que las partes se someten mientras tenga vigencia el alquiler.

El alquiler de vivienda: Firmante y responsabilidades

Ahora bien, en el hipotético caso de que un tercero viva en el inmueble alquilado, siempre recaerá la responsabilidad sobre la persona que firmó el contrato de arrendamiento, ya que legalmente es la responsable de que se cumplan las obligaciones establecidas en el contrato. Por lo que si se incumplen cualquiera de las cláusulas establecidas, el firmante será quien tenga que responder ante el propietario por las reclamaciones legales pertinentes.

Por lo anteriormente expresado y desde un punto de vista legal, es perfectamente posible y legal alquilar una vivienda y que sea otra persona quien la habite, pero siempre manteniendo la certeza de que las responsabilidades del alquiler estarán atadas a quien aparezca como firmante en el contrato de alquiler de la vivienda y no en la tercera persona que habita el piso.

Quienes pueden vivir en un inmueble alquilado a nombre de otro

La Ley apunta que los inquilinos no pueden subarrendar la propiedad a terceros, pero evidentemente si es posible que otras personas puedan habitar la propiedad alquilada siempre y cuando esto suceda bajo determinadas circunstancias. Es decir, la tercera persona puede vivir, pero sin pagar nada por ello, lo que en efecto permite que esta situación pueda estar dentro de las causales o excepciones establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Es posible que un tercero habite la propiedad alquilada, bajo ciertas condiciones

Dentro de estas excepciones está que la tercera persona dependa económicamente del arrendatario, al igual que cuando la tercera persona está integrada en la unidad familiar del arrendatario, sea por afinidad o por consanguinidad, y finalmente cuando exista entre el arrendatario y el tercero un vínculo de convivencia marital, que se considere efectivo y estable.

La flexibilidad de los contratos de alquiler de vivienda

Los contratos de alquiler al llevarse a cabo entre particulares permiten que se logren acuerdos relativos a aspectos que pueden personalizarse entre las partes, lo que implica que no todos son iguales ni lineales y que cada propietario colocará y negociará sus condiciones. Conocer de antemano que otra persona será quien vivirá en la vivienda, permite incluir regulaciones relacionadas con este aspecto, como una manera efectiva de anticiparse a las circunstancias.

En este caso el propietario debe mantener el máximo cuidado, ya que el subarriendo parcial o total de la propiedad sigue siendo un tema absolutamente prohibido y sin ningún tipo de excepciones a la regla. Por lo que la mejor solución es la de incluir a la tercera persona en el contrato de alquiler y darle la condición de un arrendatario más, en el caso de que ella quiera correr con los gastos.

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