Loading...

La forma que nunca hubieras imaginado de hacer indefinido tu alquiler de vivienda

La Ley de Arrendamientos Urbanos es quien regula el alquiler de la vivienda.

El contrato de alquiler de vivienda y la posibilidad de ser indefinido en el tiempo

Ya sea que tengas un papel de inquilino o de propietario de una vivienda, es de suma importancia conocer al detalle la legislación encargada de la regulación y de la gestión del alquiler de la vivienda. Esta responsabilidad recae directamente sobre la (LAU) Ley de Arrendamientos Urbanos, la cual es precisa al establecer las diversas obligaciones que corresponden a cada una de las partes involucradas en un contrato de arrendamiento de un inmueble.

El proceso de alquiler de una vivienda puede convertirse en algo complejo, ya que existen innumerables variables a las cuales prestar atención y una de ellas tiene que ver directamente con la duración del contrato de alquiler. Por lo que una de las preguntas obligadas es la de ¿Cuándo un contrato de alquiler se convierte en indefinido?, una situación que bien vale la pena prestarle atención, porque es una duda que es más común de lo que suele pensarse.

El contrato de alquiler, su duración y las prórrogas

Para las viviendas permanentes, la duración del contrato de alquiler se encuentra establecido en cinco años cuando se trata de un arrendamiento entre personas físicas y una duración de siete años cuando están involucradas personas jurídicas. Sin embargo, no existen máximos y los periodos pueden ser a libertad de las partes, siempre y cuando superen el mínimo de tiempo exigido legalmente.

contrato arriendo ley plazos
La duración inicial es de cinco y de siete años para personas físicas y jurídicas, respectivamente

Ahora bien, es posible que el periodo sea menor al plazo mínimo estipulado por la Ley y en estos precisos casos, al momento del vencimiento y de un modo automático, se prorrogará el contrato de alquiler de la vivienda por plazos adicionales de un año de duración. Esto se puede repetir hasta que la suma de las prórrogas y del contrato inicial alcance el mínimo de los cinco años establecidos en la LAU o hasta que el inquilino lo considere pertinente.

El número de prórrogas que puede haber

Pero existe una situación en la que ni el inquilino ni el propietario dan aviso en el tiempo establecido y llegado el contrato de arrendamiento a su fin, es posible conseguir llevar prórrogas anuales de hasta un trío de años. A esto se le denomina legalmente tácita reconducción, es decir, que se renueva y se prolonga tácitamente y de un modo anual hasta alcanzar los tres años, siempre y cuando ninguna de las partes quiera rescindir del contrato.

Los tiempos de los contratos de alquiler de vivienda están regulados por la LAU

Los inquilinos que no quieran continuar con el contrato de alquiler pueden prescindir del mismo, siempre que hayan transcurrido al menos seis meses viviendo en el inmueble y deberá comunicarlo al propietario con un periodo de antelación de al menos treinta días. Ahora, si es el propietario quien requiere el inmueble, entonces deberá dar aviso al inquilino con al menos cuatro meses de anticipación.

Los tipos de alquiler y sus opciones de prórroga

La compra de vivienda sigue siendo una de las prácticas más comunes cuando de inversión en el sector de los bienes raíces se trata, las estadísticas en este aspecto son contundentes gracias a una rentabilidad media de un 7% para el sector del alquiler de la vivienda. Para determinar si un contrato de alquiler puede convertirse en indefinido hay que ser claros al momento de establecer el tipo de contrato, porque estos pueden ser vacacionales, temporales o permanentes.

Los contratos de alquiler de vivienda se renuevan y se prolongan tácitamente de un modo anual

Básicamente, existen tres tipos de alquileres aprobados por la legislación española y hacen referencia al alquiler vacacional que evidentemente implica un fin turístico, el alquiler temporal que es común al momento de las necesidades laborales por proyectos y el alquiler permanente que permite suplir las necesidades de vivienda permanente de los inquilinos y que mantiene la finalidad de constituir una residencia fija.

Todos ellos perfectamente regulados por la (LAU) Ley de Arrendamientos Urbanos, la cual bajo su última modificación de marzo de 2019 es capaz de incluir muchas modificaciones y normativas que establecen mejores condiciones con la intencionalidad de favorecer a los inquilinos, pero evidentemente disfrutando todos ellos de las mismas condiciones al momento de establecer las respectivas prórrogas y la duración.

Salir de la versión móvil