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Los impuestos que debes pagar para no caer en la morosidad

Todas las viviendas están obligadas por Ley al pago de sus respectivos impuestos

Los impuestos de vivienda asociados a la Ley de Haciendas Locales

Los tributos han existido desde el comienzo de la humanidad y aún se mantienen al día de hoy como una manera efectiva de los estados generar los recursos para mantener servicios y generar inversión social. Es decir, están catalogados como la principal fuente de ingresos y de financiación para las arcas públicas y son incontables cuando se refieren a las viviendas y a los bienes raíces relacionados con las propiedades inmobiliarias.

Existen diversos organismos encargados de recoger las diferentes tributaciones y obligaciones relativas a los impuestos de vivienda y esto se debe a la imperiosa necesidad de no permitir cobros duplicados a los contribuyentes. De allí que la Ley de las Haciendas Locales es clara al especificar cuáles impuestos deben ser gestionados por los Ayuntamientos, mientras que en la LOFCA se hace efectiva la recolección de la financiación de las Comunidades Autónomas.

Las viviendas y los impuestos locales

Las Comunidades Autónomas en España mantienen un gran protagonismo desde amplios puntos de vista y uno de ellos se refiere a la recaudación de los tributos relacionados con el sector vivienda. Todas ellas forman parte integral en la recaudación de fondos con los cuales llenar las arcas del estado y lograr desarrollar muchos proyectos sociales y de diversa índole.

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Las Comunidades Autónomas mantienen un gran protagonismo en la gestión de los impuestos del sector vivienda

Conocer al detalle cada uno de estos impuestos tributarios es de suma importancia, porque cada uno de ellos podría significar problemas legales y tributarios con Hacienda, lo que evidentemente acarrearía multas y mantendría a las viviendas e inmuebles involucrados en una situación de morosidad, la cual impediría cualquier actividad mercantil o de negocios que involucre a estas propiedades.

Los impuestos de vivienda recogidos por la Ley de Hacienda Local

Las Entidades Locales y las Comunidades Autónomas han mantenido un creciente protagonismo en la recaudación y gestión de los impuestos estatales. De allí que la Ley de Haciendas Locales es clara al especificar que los municipios son los plenos encargados de la recogida del IAE, del IBI, el ICIO y del IIVTNU, con diversos gravámenes para cada uno de estos tributos.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Uno de los tributos más conocidos y nombrados con respecto a aquellos que son responsabilidad de la Ley de Haciendas Locales, se encarga de gravar la titularidad o los derechos de usufructo establecido sobre un determinado inmueble. Esto quiere decir que si eres el propietario o si gozas de la titularidad del derecho de uso de una vivienda, entonces estás en la obligación de parar el IBI.

Estar al día con los tributos locales es una responsabilidad de los propietarios de vivienda

El monto a pagar dependerá del valor catastral del inmueble y es potestad de cada ayuntamiento decidir el tipo impositivo que regirá a este tributo y que será multiplicado por el valor catastral para la obtención de la cuota exacta a ser pagada. De allí que en las grandes ciudades (por la gran cantidad de inmuebles) el IBI es capaz de alcanzar una representación de hasta un 60% de la recaudación total de los impuestos establecidos por la Ley de Haciendas locales.

El Impuesto de la plusvalía (IIVTNU)

Es el encargado de gravar la plusvalía de los inmuebles y responsable de la recaudación de cerca del 20% de los tributos en las capitales de provincia. Su nombre exacto es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se pagará solo al momento de la transmisión patrimonial y solo aplica en casos de donación o venta de la vivienda o del bien inmueble.

Diversos impuestos de origen local (IAE, ICIO)

El (IAE) impuesto sobre actividades económicas es un impuesto destacado que grava cualquier todo tipo de actividad económica que se realice en un específico territorio. La cantidad a ser pagada dependerá del tipo de actividad realizada, más no de la facturación y esto se debe a la Ley de Haciendas Locales que así lo determina. El (ICIO) impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es el pleno encargado de gravar las actividades de construcción de inmuebles que requieran de permisos de obras, este impuesto requiere de un cálculo que aplica un tipo impositivo para determinar el monto total a pagar.

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