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Cómo solicitar la devolución de los gastos de hipoteca de vivienda

La OCU hace posible recuperar gastos cobrados por el banco al contratar la hipoteca de vivienda

La manera de recuperar los gastos de hipoteca cobrados por los bancos

Las hipotecas de vivienda son consideradas en la actualidad como uno de los mecanismos de mayor auge para que las personas sin ahorros puedan acceder a vivienda propia. Sin bien el crédito hipotecario se ha visto marcado en los últimos tiempos por una gran volatilidad por culpa de la subida del Euríbor, aún es la solución de mayor importancia al momento de ayudar o conseguir la necesaria liquidez financiera para invertir en el sector de la vivienda.

Estas hipotecas contemplan gastos asociados que deben ser considerados por los contratantes, pero a raíz de múltiples denuncias en la actualidad es posible recuperar ciertos gastos como la comisión de apertura o los gastos de la prima única del seguro. La OCU se ha tomado muy en serio este problema y ha logrado introducir una demanda ante el Tribunal Supremo, logrando la recuperación de algunos de estos gastos asociados con el crédito hipotecario de la vivienda.

Devolución de gastos por hipoteca de vivienda

El Tribunal Supremo está marcando una doctrina que permite la franca recuperación de muchos de los gastos asociados con las hipotecas de vivienda y que los consumidores asumieron ante los bancos. Estos han sido declarados cobros nulos y abusivos, además de lograr reclamos para todos aquellos clientes que pagaron comisiones de apertura de la hipoteca y en las cuales la entidad financiera obvió la explicación sobre las repercusiones económicas que esto implicaba.

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El Tribunal Supremo ha tomado cartas en el asunto de los gastos de las hipotecas de vivienda

Los plazos para reclamar estos gastos hipotecarios están pautados para finalizar el 23 de enero de 2024, es decir, al cumplirse cinco años desde la declaración de abusividad de la cláusula por parte del Tribunal Supremo. Un camino judicial que no ha sido nada sencillo de recorrer y que ha logrado que el Supremo logre establecer responsabilidades en el reparto de los gastos cobrados a los clientes sobre las hipotecas de vivienda.

La hipoteca de vivienda, los gastos y el Supremo

Las entidades financieras tendrán que hacerse cargo de los gastos relativos al Registro de la Propiedad, de la tasación y de la gestoría, así como de la mitad de la carga de los gastos notariales. Mientras que para los consumidores ha quedado el gasto relacionado con el (AJD) Impuesto sobre los Actos Jurídicos Documentados y La respectiva mitad de los gastos de notaría.

Hasta enero de 2024 es posible cobrar y solicitar la devolución de estos gastos hipotecarios

La norma que protege al consumidor ante las hipotecas de vivienda

Estas implicaciones solo aplican para las hipotecas que se firmaron antes de junio de 2019, porque evidentemente la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario entro en vigor el 16 de junio de 2019 y en ella se establecen las respectivas responsabilidades sobre quién debe asumir cada uno de los gastos relacionados con la formalización de la hipoteca de vivienda.

Además, está el tema relacionado con el seguro de prima única, en muchos casos de hipotecas formalizadas con anterioridad al 2019 y en las cuales se obligaba al usuario a contratar un seguro de vida anclado a la hipoteca de la vivienda y a realizar el pago completo y total de la prima del seguro de vida al momento de formalizar el contrato hipotecario, un pago que además se incluía dentro de la cantidad total a ser asignada como hipoteca.

Los usuarios y la OCU han ganado la demanda interpuesta ante el Supremo y con ello la devolución de estos gastos

Para los bancos, evidentemente se trató de un negocio redondo con una espectacular incidencia en sus ingresos, pero para el consumidor se evidenció un considerable aumento en la cuota a pagar y en los intereses devengados. Es decir, el banco cobraba la totalidad de la prima de un solo golpe, pero además incluía los intereses relacionados con la cantidad que significaba esta prima.

Actualmente, la norma establece que las entidades financieras no pueden implantar vinculaciones de seguros a sus productos financieros y que además se les niegue la posibilidad de obligar a los clientes a la contratación del seguro ofrecido por la misma entidad financiera. Estas reclamaciones incluso tienen validez y procederán inclusive si los clientes firmaron acuerdos de no reclamaciones posteriores y esto se basa en la falta de transparencia por parte de los bancos.

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