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El impuesto que no pagarás si vendes una vivienda con esta edad

Una excelente ayuda tributaria para los ancianos que vendan una vivienda o un inmueble.

La venta de vivienda de personas mayores de 65 años tienen exenciones de impuestos

La compraventa de un inmueble o de una vivienda está regida por una gran cantidad de factores y uno de ellos tiene gran connotación porque se trata de los impuestos obligatorios a los cuales está anclada cada transacción relacionada con el sector inmobiliario. Pero en muchas oportunidades es posible lograr una exención de alguno de estos tributos, permitiendo excelentes ahorros al momento de comprar o de vender una propiedad inmobiliaria, una vivienda o un piso.

La edad puede ser un factor determinante en ofrecer sabiduría y experiencia a quien la haya sabido aprovechar, pero en el sector de los tributos es un factor que permite exenciones para todos aquellos mayores de 65 años de edad. Gracias a que la venta de las viviendas e inmuebles de los mayores de 65 años está sujeta y regida por una normativa fiscal especial y que evidentemente no se aplica a otras transacciones.

La venta de la vivienda y la exención por edad

Cuando se requiere vender una vivienda y el dueño es una persona mayor a los 65 años, existen una serie de privilegios con respecto a las demás personas, porque el artículo 41.bi del RD 439/2007 establece que no se deberán pagar ciertos impuestos cuando se trate de la venta de su vivienda habitual, lo que implica que al menos la persona debió haber vivido en el inmueble por lo mínimo los últimos tres años.

plusvalia venta casa habitual
Las donaciones liberan al anciano de impuestos porque la parte tributaria recae sobre el comprador

Dentro del abanico de impuestos que una persona mayor de 65 años no está obligada a declarar se encuentra el Impuesto de Plusvalía, lo que no debe confundirse con que las personas de esta edad no requieran de llevar a cabo la obligatoria declaración de la renta. Es importante aclarar que toda venta genera un incremento patrimonial y debe ser declarado, así que para evitar confusiones el IRPF es una cosa completamente diferente.

Las condiciones y el tipo de venta de vivienda

Los adultos mayores de 65 años gozan de estar plenamente exentos del pago del impuesto de la plusvalía para ganancias patrimoniales hasta un beneficio de 240.000 euros, esto según los límites establecidos por la reforma fiscal aprobada en 2015. Para ser más explícitos supongamos que un anciano declara ganancias patrimoniales de 320.000 euros, lo que por Ley implica que existe una diferencia de 80.000 euros que evidentemente deberá tributar.

La legislación española beneficia a los mayores de 65 años que venden su vivienda

Ahora bien, cuando se trata de una venta no habitual, también existe un supuesto en el cual es posible aplicar esta exención y se trata en el caso cuando los beneficios de la venta del inmueble están plenamente destinados a la construcción de una renta vitalicia. Es esta situación el impuesto de plusvalía también quedará exento de pago, ofreciendo un ahorro significativo en la tributación.

Otras alternativas válidas para no pagar impuestos

Además de la exención por vivienda habitual y por vivienda no habitual, existe otra opción para librarse del correspondiente pago de algunos impuestos y se trata del caso específico de las donaciones, en muchos casos los mayores de 65 años llevan a cabo una donación de una propiedad a sus hijos o nietos, en estos casos la responsabilidad del pago de los impuestos recae directamente sobre la parte compradora y no requiere de liquidación a través del IRPF.

El impuesto de plusvalía está exento por las leyes de España para cuando en vendedor de la vivienda es mayor de 65 años

A rasgos generales, la edad es un factor determinante para la obtención de excelentes beneficios tributarios al momento de vender una vivienda y por extensión cualquier propiedad inmobiliaria. Una edad superior a los 65 años puede ahorrarte un buen dinero en el Impuesto de Plusvalía al momento de la venta de la vivienda habitual o no habitual, igualmente cuando decidas llevar a cabo una donación de alguna propiedad inmobiliaria.

Las exenciones en la venta de vivienda para menores de 65 años

Las exenciones fiscales y tributarias también son posibles para los menores de 65 años y estarán ancladas a la reinversión del importe de la venta de la vivienda catalogada como habitual, llevada a cabo esta acción y con un contribuyente menor de 65 años se podrá gozar de la exoneración del pago del IRPF. Pero deberá cumplir con ciertos requisitos relacionados con la reinversión del importe de la venta de la propiedad y con el uso tanto de la vivienda vendida y de la comprada.

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